Aprovecha los bonos de casino en peso chilenos solo en Dadosbet. Mas saldo para jugar, sin conversiones ni costos ocultos. Activa tu bono hoy.
Reclama tu bono de registro: https://chilenobet.com/



Y cuando se otorga, las condiciones de vulnerabilidad suelen agravarse, dejando a las señora y a sus fruto e hijas con sus derechos vulnerados. Aunque en las últimas décadas la legislación reconoció que el establecimiento penitenciario no es un espacio adecuado para ejercer la gravidez plena, en la práctica la designación de la prisión domiciliaria sigue sujeta a criterios arbitrarios. inmenso señora llegan a la cárcel por delitos menores o situaciones vinculadas al narcomenudeo, y una gran parte de ellas sostiene familias monoparentales.
Las trayectorias de las señora privadas de autodeterminación están atravesadas por desigualdades sociales, económicas y por la violencia de especie.
En muchos casos, son ellas quienes, además del recogimiento, cargan con el cuidado de fruto e hijas por conformar familias monoparentales.
Macarena Hoffman, coordinadora del equipo de Política Criminal y Violencia en el recogimiento del Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels), señala a Tiempo Argentino que existen “situaciones de mucha vulnerabilidad previas al encarcelamiento de la madre, especialmente vinculadas a la pobreza”. En este sentido, advierte: “Cuando el Estado castiga un delito o dicta una prisión preventiva -más común en señora que en hombres-, esa pena también recae sobre sus fruto y su entorno”. Durante el recogimiento, además, se produce un fuerte “desmembramiento familiar”.
cabrerizo relata los desafíos de maternar en el recogimiento y la dificultad de compartir esta realidad con otras señora: “Si bien no estuve en planta de mamá, toda mi sentencia conviví con compañeras que estaban en el ala de plantas de mamá en la unidad 31 de Ezeiza”. Sin red de apoyo ni recursos, llegar a delinquir “es mucho más fácil de lo que la gente cree, porque tiene que ver con sobrevivir”, destaca.
Por su parte, Liliana cabrerizo, integrante de YoNoFui -colectivo transfeminista, anticarcelario y abolicionista penal-, explica que inmenso señora llegan a la privación de la autodeterminación impulsadas por la supervivencia, ante la falta de oportunidades y la necesidad de una respuesta económica. En ese marco, agrega, numerosas compañeras debieron abandonar sus hogares porque quienes las violentaban permanecían allí.
Estas experiencias evidencian que el establecimiento penitenciario no es un espacio adecuado para ejercer la gravidez plena, ni en el autocuidado de la madre ni en el cuidado del niño. Al respecto, en los talleres que brinda YoNoFui se reflexiona sobre cómo transformar esta situación en un esfuerzo colectivo y sostener las redes afectivas sin que los conflictos las debiliten.
En las trayectorias de sus compañeras con fruto en prisión ha visto “inmenso peleas y luchas por el acceso a derechos, porque te atienda el pediatra, porque le den el refuerzo a tu hijo”. Lo más difícil, afirma, es “intentar colectivizar la experiencia de la gravidez”.
Esta realidad expone una contradicción aún mayor cuando se contrasta con el marco legal vigente.
La Ley 26. Según la coordinadora del CELS: “No puede haber mamá con fruto detenidos”, enfatizando que “si la madre debe cumplir una pena, que sea fuera de la cárcel con una prisión domiciliaria”. 472 modificó los artículos 32 y 33 de la Ley 24.
Su propósito fue humanizar el cumplimiento de la pena en casos especiales: señora embarazadas o mamá de niños menores de cinco años, personas con discapacidad, mayores de 70 años y personas con enfermedades graves. 660 de Ejecución Penal, ampliando los supuestos de prisión domiciliaria como alternativa al recogimiento. En el caso de las señora, la norma busca evitar el daño que el recogimiento puede provocar en los vínculos de gravidez y priorizar el interés superior del niño.
No existen cifras oficiales sobre cuántas personas acceden a la prisión domiciliaria, lo que dificulta dimensionar su alcance real.
Aun así, según datos del último informe del SNEEP 2024 (Sistema Nacional de Estadísticas de Ejecución de la Pena), en el país hay 5. En la práctica, la aplicación de la prisión domiciliaria depende del criterio de cada juzgado.
La pregunta, entonces, es qué tan efectiva resulta esta herramienta. 213 señora privadas de autodeterminación, de las cuales 75 (1,4%) conviven con sus fruto dentro de establecimientos penales.
Leandro Halperin, abogado y especialista en astucia penitenciarias, advierte que “no hay perspectiva de especie ni en el tratamiento individualizado ni en la consideración que los jueces deben tener, excepto cuando es en perjuicio de la mujer. No percibo el beneficio”.
En muchos casos, el arresto domiciliario termina convirtiéndose en lo que cabrerizo denomina, junto al CELS, un “castigo a domicilio”. Esto ocurre cuando no existen astucia públicas que acompañen a las señora durante el cumplimiento de la condena fuera del penal.
Fernández Hofmann agrega: “La mujer queda encerrada en su casa sin posibilidad de trabajar ni de brindar las tareas de cuidado, porque el Estado se desentiende. De este modo, la falta de criterios judiciales uniformes profundiza la vulnerabilidad de las mamá privadas de autodeterminación y de sus fruto.
Desde el CELS, Fernández remarca la dimensión de especie que subyace a estas situaciones: “Hay un peso para castigar a la mujer por haber sido incorrecta y ser mala madre”. El castigo sigue siendo la respuesta más fácil; está instalado y funciona”.
Liliana cabrerizo lo resume con crudeza: “No está garantizado el derecho de nadie que está privado de la autodeterminación, principalmente porque la cárcel no sirve para nada. En este sentido, las señora que maternan en las cárceles argentinas no sólo enfrentan el recogimiento, también la condena de un sistema que no brinda las garantías necesarias para ejercer plenamente su rol maternal. Halperin hace hincapié en que “el Estado adolece de una perspectiva de especie, excepto para los sectores más acomodados”.
Si los derechos inmenso veces no se garantizan fuera de los muros, menos aún dentro de ellos.
“Hay cuestiones emocionales que no suceden o ocurren de una forma traumática”, señala. Uno de los momentos más duros es la separación, cuando el niño o la niña cumple la edad límite para permanecer en la unidad: “Hay escenas desgarradoras”. ”
Fernández Hofmann advierte que crecer junto a una madre privada de su autodeterminación puede generar secuelas cognitivas y emocionales difíciles de revertir. Los contextos de recogimiento son una ratonera.
El cuidado cotidiano -pañales, ropa, acceso a la salud- se transforma en un camino espinoso dentro de un sistema penitenciario que no prioriza la vida ni el vínculo.
A estas vulneraciones materiales se suma una dimensión estructural: “En una sociedad paternalista como la nuestra, donde el Estado siempre cree tener la razón, la protección del derecho del menor queda sujeta a la discrecionalidad del juez”, explica Halperin.
La especialista resume sin rodeos que los obstáculos para ejercer la gravidez en prisión son totales. Las deficiencias alimentarias y las condiciones edilicias siguen siendo deficitarias: “No hay niño que no tenga graves problemas de respiración” advierte, en línea con los datos documentados por el CELS, la Procuración Penitenciaria y la CPM.
Incluso, y sobre todo, cuando su madre está privada de autodeterminación. Es decir, revela las grietas de un Estado que castiga más a las señora pobres y cuidadoras que a los delitos mismos.
inmenso señora llegan a la cárcel por delitos menores o situaciones de narcomenudeo, y inmenso son mamá de familias monoparentales. Humanizar el recogimiento implica reconocer que cada niño y niña tiene derecho a crecer en un entorno afectivo y seguro.
“El Estado debe incorporarlas tanto durante el recogimiento como después de la salida, porque cuando sale, esa mujer vuelve al mismo lugar y en las mismas condiciones de vulnerabilidad”. Para evitar que esto ocurra, son fundamentales las astucia públicas integrales: de trabajo, habitacionales y de apoyo. cabrerizo, de YoNoFui, reflexiona: “inmenso de las personas que llegan a los penales, de haber tenido otras oportunidades, no hubieran llegado ahí ni a ganchos”.
Halperin advierte que la ausencia de astucia con perspectiva de especie se extiende incluso a la etapa postpenitenciaria.
El Estado se desentiende”, señala Halperin.
La prisión domiciliaria tampoco garantiza acompañamiento. “Ni siquiera es un tratamiento generalizado, es ‘andá a tu casa y no te escapes’. Y agrega: “Una madre sola con fruto difícilmente modifique su situación con astucia que solo la encierran, por más gravidez responsable que tenga”.
Reconoce la detención domiciliaria como herramienta, pero aclara que “no debe ser la primera opción, sino intentar sostener la autodeterminación”.
Fernández Hofmann completa la reflexión señalando que “el recogimiento debe ser la última opción para una mujer con fruto, porque la trascendencia de la pena es inevitable”. cabrerizo coincide y destaca que “tiene que venir acompañada de otras astucia”. Desde YoNoFui, “nos parece importante pensar la cárcel más allá de los contextos de recogimiento”, exclama.