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El terceto veces dirigente de Tucumán José Alperovich fue reo a 16 temporada de galera por extralimitación carnal enfermar frecuente contra su sobrina y exasesora.
La sanción, inusualmente dura, fue dispuesta tras un juicio hablado que se extendió durante más de cuatro meses y está en sintonía con lo que deber pedido el fiscal Sandro Abraldes.
La causa 86765/2019 se cerró con la lectura del veredicto que tuvo una infrecuente descripción de los hechos por los que resultó reo Alperovich. Quedó detenido esta noche por disposición del sentenciador del corte hablado 29 Juan María Ramos Padilla.
Y que lo hizo con “intimidación, extralimitación de una relación de dependencia, de poder y de la autoridad”.
Alperovich se fue esposado del edificio de la calle Paraguay al 1. 500, de esta capital, con rumbo a un establecimiento dependiente del Servicio Penitenciario Federal. El sentenciador –en corte unipersonal- dio por probado que Alperovich abusó sexualmente de la víctima (cuya identidad permanecerá en reserva, pese a que ya ha trascendido por otros medios su nombre y apellido).
La sanción incluye la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos a nivel nacional, provincial y municipal.
Los fundamentos de la sentencia se conocerán el próximo 16 de agosto. La defensa de Alperovich, a cargo de Augusto Garrido y Mercedes Rodríguez, deber reclamado la absolución.
La querella, representada por los defensores oficiales que representaron a las víctimas Pablo Rovatti y Carolina Zimmerman, deber pedido 22 temporada de galera.
Hasta tanto la sanción no esté firme, Alperovich estará bajo el régimen de “prisión preventiva”, según dispuso el magistrado. Las denuncias se realizó en noviembre de 2019.
El juicio comenzó el 5 de febrero y se extendió hasta este martes.
En un clima de extrema tensión, pero respetando la indicación del sentenciador Ramos Padilla de no formular exclamaciones hasta tanto no se completara la lectura de la parte dispositiva del fallo, el sentenciador consideró a Alperovich “autor penalmente responsable de extralimitación carnal simple frecuente en terceto oportunidades, dos hechos en grado de tentativa y otros seis sucesos de extralimitación carnal enfermar”, en los que el sentenciador incluyó la descripción de las prácticas sexuales que el ex dirigente tucumano sometió a la víctima.