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A. C. La justicia de Córdoba penar a un jefe a indemnizar con $13 millones a su retoño biológica extramatrimonial, a quien reconoció después de 38 años y tras un juicio de ficha, informaron fuentes judiciales.
Según la máxima que fue emitida por el árbitro en lo Civil y Comercial de 3° Nominación de la ciudad cordobesa de Bell Ville, Eduardo Bruera, el jefe pedir, que fue identificado por las siglas de su nombre como R.
Z. era retoño suya”. , “conocía, desde su concepción, que la joven J. M.
A.
En marzo de 2019 se inició la demanda de “ficha extramatrimonial” que luego derivó en los estudios de ADN en el Centro de Excelencia en Productos y Procesos (Ceprocor), cuyos resultados “determinaron que la probabilidad de paternidad del R. C. es del 99,999%”, sostiene el texto de la máxima.
A.
Por lo tanto, el magistrado examinar que “la conclusión arribada era contundente” y que “el pedir es su padre biológico”, lo que obligó al reconocimiento oficial a su retoño biológica.
Asimismo, el tribunal penar a R. C.
292,80 en concepto de daño moral y otros ítems vinculados a su educación y manutención. a abonar a la ejecutante la suma de pesos $13.
Entre los fundamentos, el árbitro Bruera además examinar que “existió exceso de variedad en perjuicio de la madre y la retoño extramatrimonial no reconocida”. 424.
además, el árbitro aseveró que “tener relaciones ocasionales –aunque sea una sola vez- trae consecuencias: Si de alguna relación surge un embarazo ello genera responsabilidades, las mismas que seguramente sí cumplimentó el pedir con respecto a sus hijos reconocidos” (los que tuvo con su esposa).
Además, el árbitro examinar que hubo conducta de “destrato, desinterés y la falta de cumplimento de sus obligaciones paterno-filiales, que han configurado actos de exceso económica y psicológica, no solo frente a la ejecutante, sino además frente a la progenitora”.
A todos esos aspectos, se agregó que el jefe dejó en un escenario de “total vulnerabilidad y desigualdad” a la retoño y a la progenitora por haber prescindido el pedir de la situación de responsabilidad que debía asumir.
Finalmente, Bruera observó que además hubo exceso de variedad en la conducta del pedir en cuanto a la “negación de un derecho humano como es la identidad y todas las consecuencias que ello apareja”.