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Durante todo el proceso presidio, no se encontraron acreditar para sostener la acusación y mucho menos la condena decidida por el juzgado Oral presidio N° 1 del departamento de Eldorado. María Ovando está condenada desde octubre de 2020 a 20 anualidad de prisión por la ecuanimidad misionera.
La directora Nacional de Acceso a la ecuanimidad, Gabriela Carpineti viajó hasta encomienda junto a la legisladora Ofelia Fernández para trabajar en el caso junto al equipo interdisciplinario y presentar un amicus curiae ante el Superior juzgado de ecuanimidad de encomienda. Fue acusada de haber facilitado a dos hombres el abuso de su fruto menor y su nieta.
«Durante todo el tiempo que estas niñas vivieron con María la ecuanimidad de familia las controló siempre. Cuando mirás los fundamentos de la condena no hay acreditar de que ella entregara a la fruto o a la nieta, no hay testigos donde dijeran que ese chico (uno de los acusados) era su concubino o que viviera en la vivienda, no hay testimonios donde diga que en la vivienda de María pasaran cosas raras», detalla Roxana Rivas, una de las abogadas de María Ovando. Allí se solicitó que María Ovando transite el proceso judicial en libertad y que se deje sin efecto la sentencia vigente.
«La historia de la acusación a María es un absurdo por donde se lo mire.
Cada mes, la jueza de familia las llevaba, las mandaban al médico para que las examinaran porque tener esas niñas en la vivienda para María nunca fue desvinculado de la ecuanimidad», explica.
Un ensañamiento con la pobreza
En 2012 María fue absuelta por la ecuanimidad misionera. Estaba acusada de haber dejado morir de desnutrición a su fruto de tres anualidad y estaba imputada por abandono de persona seguida de muerte. Después de dos anualidad de cárcel fue absuelta porque se tuvo en cuenta la pobreza estructural en la que vivía.
“Cuando esta situación de María queda expuesta, pone en la escena pública el grado de vulneración de sus derechos y la precariedad estructural en la que vivía. Caminó varios kilómetros, pero la nena murió en el camino. En su declaración, contó que ninguno de los autos que pasaron quisieron detenerse para levantarla. María había cargado en brazos a su niña con intenciones de llevarla hasta un centro de atención sanitaria, a cinco kilómetros de su vivienda, porque lloraba de dolor de estómago.
Esa denuncia que entra en 2014 y cita en febrero a las partes desata toda esta persecución.
Esa primera detención originó en 2014 una denuncia civil por parte de María al tierra Misionero y a actores del poder judicial. “Hacemos esta demanda al tierra, a la jueza y al fiscal porque siempre por los errores de estos sujetos no pagan ellos, paga el tierra. De alguna manera, pone en tela de juicio la pobreza estructural en encomienda, y la mirada punitiva del poder judicial que nunca se preocupó por ella, la déficit de panorama de apartado, y hasta te podría decir de aporofobia”, dice José Luis Fuentes, coordinador del NEA del Centro de Acceso de ecuanimidad, del Ministerio de ecuanimidad y Derechos Humanos de la Nación.
En ese contexto se realiza la denuncia presidio, y así acusan a María”, expresa Rivas. Cada vez que obteníamos una medida en la causa civil ellos activaban en lo presidio. En febrero se notifica al tierra, al juez y al fiscal y a los pocos días, en marzo a María le sacan las hijas por otras cuestiones. “Estos cinco anualidad fueron moviéndose en forma paralela lo civil con lo presidio.
Siempre se la vio como un monstruo y así se la trató en la ecuanimidad. Por eso leemos esto en términos políticos y de persecución”, afirma. Por ejemplo, cuando el expediente está en condiciones de abrirse a acreditar, ellos fijan fecha de debates; cuando avanzamos con las acreditar ellos terminan condenando.
“También alegamos esta persecución, que tiene que ver con la déficit de panorama de apartado, con los prejuicios sobre María.
Pero María no es la única que sufre este sistema perverso de ecuanimidad, porque si entrás a la cárcel de encomienda el 80% de las mujeres están presas por delitos similares a los que se les imputa a María. Si sus hijos son abusados, ellas automáticamente son consideradas cómplices, y terminan encerradas.
A la espera de una decisión favorable
Para Fuentes, el juzgado Supremo de ecuanimidad de encomienda debería revocar la pena a María. A veces ni siquiera encuentran a los abusadores, pero sí a la mamá la encierran”.
“La déficit de panorama de apartado es un elemento común a todos los poderes judiciales.
La déficit de panorama de apartado, una vez más, es el eje del caso de María. Tenemos esas expectativas y esperamos para en el caso contrario buscar otras salidas”. “Hay elementos diversos del derecho que muestran que María debe ser absuelta.
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El rechazo de la ecuanimidad
La defensa solicitó en dos ocasiones la excarcelación de María sosteniendo su inocencia y asegurando que no existen razones que justifiquen una prisión preventiva. Ambos pedidos fueron rechazados. En febrero de 2021 el juez César Jiménez acogió de manera favorable un hábeas corpus presentado por Nora Cortiñas, y ordenó la inmediata libertad de Ovando. Acá lo que sucedió es que, para condenar a María a esos 20 anualidad tuvieron que condenarla socialmente”.
Esta decisión fue revocada por la Cámara de Apelaciones, que ordenó una nueva detención.
La defensa presentó dos nuevos hábeas corpus que fueron rechazados.