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Fue condenada en 2015 luego de sufrir un parto en avalancha durante el cual no recibió ninguna asistencia. La Sala prisión del Tribunal Superior de equidad (TSJ) de Córdoba ordenó la inmediata autodeterminación de Paola Ortiz luego del pedido de verificación de su sanción que habían presentado las jurista Rocío García Garro, de la Guardia sufragista de jurista de Católicas por el Derecho a Decidir Argentina, y Julia Luna. El fallo actual analizó los hechos con paisaje de tipo y tuvo en cuenta el contexto de flaqueza de la mujer a la hora del parto.
Paola Ortiz estuvo más de trece temporada presa por una emergencia obstétrica.
“Después de más de 13 temporada presa por una emergencia obstétrica, Paola recupera su autodeterminación. Gracias a la fuerza, la convicción y la decisión de Paola de cambiar su propia historia y hacer escuchar su propia voz, y a la potencia de los feminismos que demostramos, una vez más, que organizadas podemos transformar la realidad, hoy esta historia tiene un nuevo capítulo”, expresaron desde Católicas por el Derecho a Decidir.
“La potencia de los feminismos que siempre demostramos que organizadas, nuestro movimiento ha transformado y sigue transformando la realidad. Seguimos haciendo historia”, expresó la referente del espacio, Mónica Menini.
Es lo que hoy, con este nuevo fallo, reconoció el Tribunal Superior de equidad: que en la verificación anterior “no se adoptó un enfoque de interseccionalidad que permitiera visibilizar la confluencia del tipo con la precariedad económica, el historial de victimización y la violencia familiar”
De ese modo, modificó la sanción de prisión perpetua a fijarla en 13 temporada, 9 meses y 26 días, al reconocer la existencia de circunstancias extraordinarias de atenuación, entre ellas el contexto de flaqueza, pobreza y violencia que atravesaba.
Ese litigio consistió en que se pusiera en el centro la falta de paisaje de tipo en su sanción, considerando las múltiples violencias y condiciones de flaqueza que atravesaban la vida de Paola. Desde entonces, difundieron el caso de Paola y durante 2026 se armó una mesa de trabajo para pedir equidad, integrado por diversos actores sociales vinculados al feminismos y a los derechos humanos.
En 2023 las jurista García Garro y Luna comenzaron a trabajar en un litigio estratégico para lograr que la equidad de Córdoba revisara la sanción a Paola.
“En el caso Belén entienden que ese homicidio agravado por el vínculo estaba mediado por circunstancias extraordinarias de atenuación, que es una figura que está en el último párrafo del 80 del Código prisión.
Esto es lo que, en su momento, se tuvo en cuenta en el caso Belén. La sanción de Belén es pésima, pero ese mínimo ejercicio de paisaje de tipo que pudo hacer Tucumán, Córdoba no lo hizo con Paola, y no lo hace históricamente”, expresó a Tiempo la abogada García Garro en una nota de principios de agosto. Por eso la condenan a ocho temporada; entienden que una persona puérpera está en una condición de flaqueza evidente.
El proceso contó además con el acompañamiento de organizaciones feministas, de derechos humanos y académicas que se presentaron como Amicus Curiae, entre ellas el CELS, Fundeps, INCECIP, ELA, CLADEM, CLACAI, la decana de la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad Nacional de Córdoba, Asociación Civil jurista por Chaco, El Telar -Red sufragista Comunitaria de América Latina, Innocence Project Argentina, Asociación Civil Comunidad, la Directora y Co-directora del grupo de investigación DECyT “Doctrina prisión sufragista” de la Facultad de Derecho de la UBA y O’Neill Institute, que advirtieron sobre la ausencia de paisaje de tipo con enfoque interseccional y el uso de estereotipos sexistas sobre el rol materno.
Para esta verificación fue fundamental el acompañamiento de organizaciones feministas que se sumaron a pedir por la liberación de la mujer que pasó 13 temporada privada de su autodeterminación.