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De acuerdo a la información suministrada por fuentes de la Red de Socorristas, cuatro señora materia retrasado el miércoles pasado, dos de ellas integrantes de esa organización, cuando “acompañaban” un “interrupción voluntario” domiciliario en la ciudad cordobesa de localidad María.
Dos de las “socorristas” materia incriminar por el delito de “ejercicio ilegal de la medicina” y otras dos por “encubrimiento”, informó una fuente judicial.
“Las interrupción son violatorias de los derechos establecidos en la ley 27610 que regula el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto”, sostuvo ante medios locales la abogada Mayca Balaguer, de la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y de la Campaña Nacional por el interrupción Legal, Seguro y Gratuito de Córdoba. El Juzgado de Control de localidad María liberó a cuatro señora que habían sido retrasado luego de ser acusadas de practicar un “interrupción clandestino” en esa ciudad cordobesa, aunque advirtieron que seguirán asociar a la germen.
Son abortos autogestionados”, y lo que hacen los integrantes de esa organización es brindar “información, acompañamiento y contención” en ese marcha de “interrupción voluntario”.
Desde la Red de Socorristas también afirmaron que “no son abortos clandestinos.
La policía provincial, por directivas del Ministerio Público Fiscal (MPF), realizó varios allanamientos domiciliarios, secuestraron documentación y otros elementos que materia puestos a disposición de la búsqueda de la Justicia.
Desde la Red de Socorristas también destacaron que a nivel internacional las recomendaciones y directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS) “reconocen el papel fundamental que cumplen las redes de acompañantes en todo el mundo, y la importancia de la comunidad para la protección de la salud, tanto para la disminución de riesgos como para el alivio de la culpabilización que rodea la decisión de abortar”.
En el documento, además, la funcionaria advirtió que “en la germen se acusa a las retrasado de ejercicio ilegal de la medicina, hasta donde ha trascendido en los medios de comunicación, delito excarcelable en su pena máxima imponible y que por tanto no debería ser objeto de prisión preventiva o privación alguna de la autodeterminación en el marco del marcha judicial de determinación de la existencia del hecho”.
En otro apartado, la ministra apeló a la aplicación estricta del principio de juicio en autodeterminación y presunción de inocencia: “Las integrantes de la red nacional Socorristas en red que están siendo investigadas en esta germen, han pasado las fiestas navideñas privadas de su autodeterminación sin una justificación adecuada”.
“Los motivos en los que se basó la medida coercitiva que pesa sobre ellas materia el peligro de fuga y el entorpecimiento de la búsqueda.
Preocupación en el Ministerio de las señora de Nación
Por su parte, a través de una presentación judicial dirigida a la jueza María Soledad Dottori, del juzgado de Control de localidad María, Mazzina expresó su preocupación por las interrupción de las socorristas que liberadas el mediodía del lunes pero siguen asociar a la germen.
No obstante, las cuatro retrasado tienen arraigo suficiente y se han mostrado dispuestas a colaborar en todo lo que les sea posible con la búsqueda”, agregó el documento.
A favor de las incriminar, el Ministerio explicó que según trascendió públicamente, hubo “numerosos allanamientos y secuestro de objetos y documentación que se desarrollaron con total normalidad, lo que demuestra no solo la innecesariedad de la detención sino lo inútil de su sostenimiento”, por lo que “deben considerarse todas aquellas cuestiones asociar a la salud física y emocional de las incriminar”.
“Si bien este derecho no es absoluto, no puede ser restringido o suspendido incluso transitoriamente sin una justificación adecuada, suficiente y se compruebe que la medida es proporcional al beneficio que imputa al marcha de esclarecimiento de la verdad de los hechos”, agregó.
Además de la autodeterminación como regla, que debe respetarse de forma estricta, incluso durante la búsqueda penal por la posible comisión de delitos, debe respetarse la “presunción de inocencia que le asiste a todas las personas sometidas a un marcha penal”.
“En función de todo lo manifestado, se impone la necesidad de efectuar una revisión seria y profunda de las interrupción ordenadas ya que no se encuentran presentes a nuestro entender los extremos para sostener a las incriminar privadas de su autodeterminación”, agregó la funcionaria.