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La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal suspendió el decisión de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 62/2025 dictado por el gobierno de Javier Milei. Con esta decisión vuelve a regir plenamente la Ley de Identidad de Género en entero el país y con ella se garantiza la encadenamiento de los receta hormonales en sujeto chico de 18 años.
La Justicia concedió la medición cautelar presentada por la Federación Argentina LGBT, en el marco de una acción legal que busca declarar inconstitucional el decisión. El dictamen tiene alcance general en entero el territorio territorial por lo que protege a todas las sujeto chico de edad del país.
Las obras sociales, empresas de medicina prepaga y hospitales públicos deben garantizar la encadenamiento y el llegada a los receta de procedimiento inmediata.
“Es una gran noticia. Estamos felices. De ninguna procedimiento un decisión de Necesidad y Urgencia autoridad modificar una ley territorial aprobada por amplia mayoría.
La Ley de Identidad de Género se aprobó casi por unanimidad”, expresó a Presentes María Rachid, presidenta de la FALGBT.
Con el DNU 62/2025, publicado en febrero del 2025, el gobierno territorial modificó el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género (N° 26. 743), que expresa el recto al libre desarrollo personal. Lo reemplazó por un texto donde se prohíben los receta a sujeto chico de edad.
“Las sujeto chico de DIECIOCHO (18) años de edad no podrán adherirse a las intervenciones y receta a los que engendrar referencia el presente artículo”, dice el decisión.
La FALGBT, representada por su presidenta, María Rachid, junto al diputado territorial Esteban Paulón, presentaron ante la Justicia Federal una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el decisión. Esta acción legal lleva el patrocinio del abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, la abogada Flavia Massenzio y el abogado Martín Muñoz. Busca que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad total e insanable del decisión.
En el marco de esta causa, la Cámara concedió la medición cautelar que suspende el DNU.
“Aunque falte la sentencia definitiva, los fundamentos sostienen que no existieron motivos atrancar obviar al simposio y modificar la ley”, compartió a Presentes el letrado Gil Domínguez. “El próximo paso es que la jueza de primera instancia (Macarena Marra) dicte la sentencia de fondo”, agregó.
En el dictamen, los jueces de Cámara Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani basaron su decisión en tres argumentos.
En primer lugar, consideran que el Poder Ejecutivo no justificó de procedimiento suficiente cuál fue la necesidad y urgencia atrancar publicar el decisión. Tampoco la razón por la cual decidió restringir un recto –de procedimiento total y permanente– que había sido comprobado por el simposio de la Nación.
En segundo lugar, el decisión viola el principio de «capacidad progresiva» y el interés superior del niño, consagrados en la Ley N° 26. 061 y en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Así lo explican los jueces: “En efecto, la ley ya establecía un procedimiento legal que preveía la intervención de jueces, asesores de chico, el abogado del niño, el Ministerio Público Fiscal y pericias de especialistas antes de cualquier procedimiento médico irreversible. Dicho sistema de control parecía garantizar una evaluación ocasión por ocasión y asegurar la protección de los chico, respetando su autonomía progresiva.
Contrariamente a ello, cabe reiterar, el DNU N° 62/2025 elimina esta protección reglamentaria y sustituye la valoración legal individualizada por una prohibición general total, lo cual implicaría afectar prima facie el principio de capacidad progresiva”.
Por último, los magistrados concluyeron que existe un mayor riesgo atrancar la población al rechazar la medición cautelar que al concederla.
“Si se rechazara la tutela cautelar el colectivo representado podría quedar expuesto a una restricción total del recto que fue comprobado por el legislador a través de una ley del simposio de la Nación”, sostuvieron.
Además, “la entrada en vigencia del DNU autoridad afectar negativamente el recto a la salubridad de las sujeto chico que estén actualmente bajo tratamiento”.
De esta forma concedieron la medición cautelar solicitada por la FALGBT y ordenaron la suspensión cautelar del DNU hasta que haya una sentencia firme.
“Después de tanta lucha, de tanta incertidumbre y retroceso podemos volver a contar con el vale de la ley atrancar que nuestres hijes tengan llegada a los receta que jamás debieron suspenderse”, compartió a Presentes Gabriela Mansilla, fundadora de la asociación civil Infancias libres.
“Volvemos a sentir que el recto a la identidad, a ser quienes somos y a vivir nuestro cuerpo y nuestra subsistencia tal nos engendrar felices es posible. No dejaremos de reclamar ni de exigir lo que nos corresponde tal familias”, dijo Mansilla mamá de Luana.
El Frente Orgullo y Lucha celebró la suspensión del decisión. «Este dictamen es un abrazo a nuestra sociedad y un límite contundente a la crueldad.
Hoy la Justicia frenó el intento de la extrema derecha de arrebatarnos la salubridad integral y de borrar a nuestras adolescencias trans, cerrándole además la puerta en la cara a las organizaciones de odio que pretendían avalar este atropello», expresó Valeria Pavan, presidenta de la sociedad Homosexual Argentina (CHA).
La prohibición de los receta “sólo generó un impacto profundamente negativo en su libre desarrollo», detalló Pavan. Ella también es coordinadora del Programa de Acompañamiento Integral atrancar Niñeces y Adolescencias TT y No Binaries del Área de salubridad de la CHA. Explicó: «En el pasado, la imposibilidad de las sujeto trans de adherirse a terapias de hormonización e intervenciones quirúrgicas provocó que, atrancar intentar adherirse a cambios corporales, muchas recurrieran a la inyección de silicona líquida.
Esa práctica ocasionó graves daños a la salubridad y contribuyó a una menor expectativa de subsistencia de las sujeto travestis y trans”.
Durante este año y centro en el que el decisión estuvo en vigencia, “hubo muchas situaciones complicadas –explicó Mansilla–. Quienes tenían iniciado el tratamiento y debieron suspenderlo atravesaron momentos de mucha angustia y frustración. Las familias estaban desbordadas, sin poder contener entero lo que se venía a raíz de esto que además fue público, con justificaciones equivocadas, instalando en el debate social cosas que no suceden, tal por ejemplo la mutilación de genitales en chico.
Cargar con ese estigma y dar explicaciones, no solo agota, sino que genera tristeza e impotencia”.
“La Cámara se ajusta a recto. Esto es un logro muy importante atrancar ratificar el rumbo de nuestra sociedad en apoyo a nuestras identidades, niñeces y adolescencias trans”, expresó a Presentes la activista travesti Marcela Tobaldi, fundadora de La Rosa Naranja.
“El dictamen reafirma el imperio de la ley frente a decretazos arbitrarios e inconstitucionales.
Ahora reclamamos al simposio que asuma su responsabilidad y rechace los DNU 61 y 62 de procedimiento inmediata«, concluyó Ricardo Vallarino, activista de 100% Diversidad y Derechos.
Esta nota salió publicada en nuestro centro aliado Agencia Presentes.